Academias
Según lo establecido en el Estatuto del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades, en el Artículo 51. Por Academia se entenderá la unidad departamental que agrupa un conjunto de profesores que guardan afinidad con respecto a sus funciones de investigación, docencia y servicio. Las Academias se formarán a partir de cursos afines, agrupados por ejes cognoscitivos, campos disciplinares u objetos de estudio, bajo la dirección del Jefe del Departamento respectivo.
De acuerdo a lo establecido en e l Art. 54 del Estatuto del CUCSH, las Academias se integran con:
I. Un Presidente;
II. Un Secretario; y
III. El personal académico adscrito a la Academia
El Artículo 52 del Estatuto del CUCSH se describe las siguientes funciones y atribuciones que tienen las Academias:
I. Unificar criterios en los procesos educativos, en lo que respecta a contenidos temáticos, métodos pedagógicos, técnicas de enseñanza-aprendizaje, cronogramas de actividades, medios y apoyos didácticos, y procedimientos de evaluación;
II. Promover lo conducente en materia de formación y actualización docente;
III. Realizar, en su área de competencia, investigación que apoye los procesos educativos, Intercambiando conocimientos y experiencias relacionadas con el proceso de enseñanza-aprendizaje;
IV. Evaluar, en términos de los reglamentos aplicables, la operación e impacto de los cursos docentes, de investigación y difusión que estén bajo la responsabilidad de la Academia;
V. Organizar sus programas en razón de la formación integral de los alumnos, que les permita la aplicación de sus conocimientos, aptitudes y destrezas en el ejercicio profesional; y
VI. Las demás que le asigne la normatividad aplicable.